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Nacionalidad por matrimonio en España

RECONOCIMIENTO DE MATRIMONIO CELEBRADO
FUERA DE ESPAÑA

(ENTRE EXTRANJERO Y ESPAÑOL)

Estamos ante otro tema importante respecto a la inmigración y el matrimonio en España. El procedimiento para validar la unión formalizada fuera de España entre un extranjero y un español es básicamente lo mismo que reconocer el vínculo entre dos personas no comunitarias.

 

Esto también incluye, además de la entrega y verificación de documentos, el "expediente gubernativo", es decir, la audiencia que se celebra por separado con cada cónyuge, con el objetivo de acreditar la veracidad y libre voluntad de la unión.

 

Cabe señalar que, de conformidad con la Ley del Registro Civil, el funcionario de la administración de justicia, el notario o el juez de dicho órgano público tienen la facultad de, en caso de duda, solicitar otras diligencias que estimen necesarias para confirmar la realidad del acuerdo nupcial celebrado allí y/o validado.

¿UN EXTRANJERO IRREGULAR PUEDE CASARSE EN ESPAÑA O CONVALIDAR UN MATRIMONIO OCURRIDO EN OTRO PAÍS?

Sí, la legislación de extranjería no impone ninguna condición respecto de la situación administrativa del inmigrante en España para consumar un casamiento o registrarlo cuando ya celebrado en otro país. Los requisitos para casarse en España son, por tanto, absolutamente los mismos de los demás ciudadanos.

 

En cuanto al lugar de validación, si al menos uno de los cónyuges está empadronado en España, el organismo competente para realizar la inscripción matrimonial es el Registro Civil Central de Madrid, que lo hace mediante la presencia de los consortes en el registro civil de la ubicación de su domicilio.

 

Por otro lado, si ambos cónyuges aún residen en el extranjero, es posible registrar la boda en España sin necesidad de desplazarse al país, simplemente realizando el trámite en el consulado español de su región.

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¿SE RECONOCE AUTOMÁTICAMENTE EL MATRIMONIO FUERA DE ESPAÑA?

Los extranjeros que ya estén casados en su país de origen con un español (u otro nacional extracomunitario) no tienen reconocido automáticamente su matrimonio. Por otro lado, tampoco pueden celebrar otra boda en España.

 

De esta forma, el procedimiento legal exigido por la legislación es la transcripción del matrimonio consumado en el extranjero al registro civil español.

 

Es decir, España no permite dos matrimonios con la misma persona, aunque el primer rito haya tenido lugar en otro país.

 

Considerando que, en algunas naciones, la poligamia es permitida, cabe señalar que durante la validación de la unión no se aceptan las actas de matrimonio que incluyan “opción” a este modelo, salvo que se adjunte un documento adicional formalizando el compromiso de relación monógama en España.

¿POR QUÉ FORMALIZAR EL MATRIMONIO EN ESPAÑA?

La ratificación de un matrimonio celebrado en otro país da validez a este estado civil en territorio español, con varias prerrogativas para la pareja.

 

Cuando se trata de casarse con español, el beneficio más importante es la regularización en el país como familiar residente de un comunitario

 

Además, la inscripción es la forma más rápida de solicitar la nacionalidad española ("nacionalidad española por matrimonio"). De conformidad con el artículo 22.2 d) del Código Civil:

 

"(...) para la concesión de la nacionalidad española por residencia se requiere que la misma sea legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición y que el que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho".

 

Sin embargo, existen otras ventajas al formalizar tu matrimonio con español, como por ejemplo:

 

  • regularización con el fin de cobro de eventual pensión futura;

  • regularización por motivos sucesorios (haciendo valer sus derechos en caso de fallecimiento del otro cónyuge);

  • calificación para recibir ayudas gubernamentales, becas y subsidios en función de los ingresos familiares.

Requisitos para casarse en España

¿QUÉ DOCUMENTOS SE REQUIEREN PARA REGISTRAR UN MATRIMONIO EN ESPAÑA?

La lista resumida de los documentos que deben ser presentados en el registro civil para validar el casamiento en el extranjero incluye:

 

  • Formulario de solicitud de registro de matrimonio.

  • Acta de matrimonio literal y original expedido por el registro civil local, traducido y legalizado por el consulado español en dicho país, o bajo Apostilla de La Haya.

Si en el acta de matrimonio no se indica el estado civil de los cónyuges, se deberá adjuntar documento que así lo indique. Este archivo debe estar firmado, traducido y legalizado.

  • Libro de familia del cónyuge español.

  • Partida de nacimiento literal del consorte extranjero, con traducción jurada y apostilla o legalización, conforme a la ley española.

  • Si uno de los cónyuges (o ambos) ya ha estado casado, certificado de matrimonio anterior, que establece su disolución por divorcio o fallecimiento del excónyuge.

Asimismo, si uno de los consortes o ambos están divorciados y no consta el divorcio en el acta antes mencionado, es necesario aportar testimonio de la sentencia firme, escritura pública u otro documento que declare la ruptura matrimonial, todo debidamente traducido y legalizado (o apostillado).

Por ende, si uno de los cónyuges es viudo, deberá acompañar el certificado de defunción original correspondiente, expedido por el registro civil español o por el órgano competente del lugar del fallecimiento (también con las traducciones y legalizaciones debidas).

Además, deberán presentarse:

  • Documento de identidad de los cónyuges.

  • Certificado de empadronamiento familiar emitido por el ayuntamiento de su residencia (o volante, en caso de que la solicitud aún esté en trámite), a través del cual se cree residencia permanente y estable en España.

Esta es la relación general de documentos que deben exhibirse. La enumeración completa varía según cada perfil.

Por ejemplo, para algunas nacionalidades se requiere prueba adicional (a los ciudadanos de India, NIKAH NAMA; a los sirios, EL AQA ALQIRAN; a los brasileños, CERTIDÃO DE INTEIRO TEOR, etc.).

 

Asimismo, si uno de los cónyuges tiene hijos, también se requieren otras convalidaciones.

En caso de celebración solo en la iglesia (en algunos países, el rito eclesiástico es suficiente para consolidar un vínculo jurídico), también se solicitará un certificado religioso.

En definitiva, la burocracia española no es la más sencilla y hay que tener cuidado para evitar retrasos en la tramitación de la solicitud (que, en caso de errores, puede durar hasta 2 años).

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